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Subvención para obras de accesibilidad a usuarios de centros de día

Introduction

Madrid: nueva convocatoria de subvenciones para adaptar viviendas de usuarios de centros de día

Los usuarios de centros de día que necesiten hacer obras de accesibilidad en su vivienda habitual cuentan con una nueva subvención pública.

Imagen: Unsplash

Los usuarios de centros de día que necesiten hacer obras de accesibilidad en su vivienda habitual cuentan con una nueva subvención pública. La conceden Comunidad de Madrid y ayuntamiento de la ciudad.

Las personas que acudan a un centro de día de la Comunidad de Madrid y necesiten hacer obras para mejorar la accesibilidad en su vivienda habitual tienen una nueva ayuda pública. Se trata de una subvención que otorgan tanto la citada Comunidad como el ayuntamiento de la capital. Se materializa a través de fondos europeos que pertenecen pertenecen al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

El plazo para solicitar las ayudas comenzó el día 15 de junio y termina el 14 de septiembre de 2023. Es importante pedir la subvención lo antes posible, ya que «el criterio que se sigue para
otorgar subvenciones es el cronológico, de orden de entrada en registro de las solicitudes de
subvención presentadas en plazo, con la documentación completa». Así, siguiendo ese orden, se subvencionará a tantas personas como permita el presupuesto con el que se cuenta.

8 dudas resueltas sobre esta subvención

  1. ¿Quiénes pueden pedir la subvención? Las personas que estén en situación de dependencia y sean usuarios de un centro de día en la Comunidad de Madrid.
  2. ¿Qué actuaciones contempla? La mejora de la accesibilidad en la vivienda habitual del usuario, ya sea en propiedad o de alquiler.
  3. ¿Se puede solicitar para obras ya iniciadas? Sí, la ayuda se puede pedir para obras de accesibilidad iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020.
  4. ¿Es también para obras fuera de la vivienda? No. Se subvencionan solamente las obras del interior de viviendas, no aquellas de zonas comunes, como podría ser una piscina o la instalación de una rampa.
  5. ¿Para qué obras se puede solicitar? La subvención cubre aquellas obras destinadas al aumento de la seguridad, la eliminación de obstáculos, la instalación de dispositivos mecánicos o electrónicos en la vivienda y todas aquellas relacionadas con una mejora de la accesibilidad en el interior de la vivienda. Se trata siempre de elementos de carácter permanente.
  6. ¿Qué cantidad se subvenciona? En importes inferiores a 1.500 euros se subvenciona el cien por cien de la totalidad. Para cantidades superiores a 1.5001 euros se subvenciona el 90%.
  7. ¿Cuál es la cuantía máxima de subvención? La subvención por persona puede alcanzar los 25.000 euros como máximo.
  8. ¿Es compatible esta ayuda con el Plan Adapta Madrid del Ayuntamiento? No, son ayudas incompatibles.

Para más datos, hay un servicio de información telefónica en el número: 91 588 03 22. Además, se pueden hacer consultas por mail en esta dirección: rehabilitacion@madrid.es. Las bases están recogidas en este enlace web: Bases de la Convocatoria y hay un resumen en este documento: Preguntas más frecuentes.

ACCEDES ofrece un asesoramiento profesional para este tipo de obras de accesibilidad y para la gestión de subvenciones como esta.